
*Armagedón
**“Porque a todo aquel a quien se haya dado mucho, mucho se le demandará”**Lucas 12:48*
*Facebook no es patio trasero: IEPC marca límites**
Alfredo A. Calderón Cámara**
alfredocalderon1960@gmail.com**
La denuncia de Morena ante el IEPCT coloca al PRD Tabasco ante un problema que no es menor: lo quiera reconocer o negar el partido amarillo existe la responsabilidad política y jurídica por el uso de su identidad partidista en redes sociales, particularmente cuando en esas publicaciones aparecen niñas, niños y adolescentes sin mecanismos visibles de protección**La resolución no es a capricho, parte de un criterio relevante establecido en el marco jurídico electoral: cuando una página utiliza nombre, colores, emblema, actividades partidistas y la imagen de su dirigencia, lo ordinario es presumir que pertenece al partido o que, al menos, éste obtiene un beneficio político de su contenido. Pretender deslindarse alegando que un tercero administraba la cuenta sería abrir una puerta demasiado cómoda para evadir responsabilidades**Y en política, como ya sabemos, las puertas cómodas suelen convertirse en túneles de escape. El punto central no es sólo si el PRD Tabasco publicó directamente el material, sino si permitió, toleró o se benefició de una propaganda difundida bajo su identidad. Bajo esa lógica, el partido tenía la obligación de actuar con oportunidad si consideraba que la página no era suya o que el contenido no había sido autorizado. No hacerlo fortalece la presunción de responsabilidad**Entendamos: en materia electoral, la protección del interés superior de la niñez no es un requisito decorativo ni una formalidad para cumplir cuando sobra tiempo. La aparición de menores en propaganda política exige consentimiento previo, expreso e informado de padres o tutores, además de medidas de resguardo de identidad cuando corresponda**La exposición de menores en campañas o actividades partidistas tiene una carga delicada, porque convierte a niñas y niños en parte de una narrativa política que ellos no están en condiciones de comprender ni autorizar plenamente. Para Morena es “ganancia en río revuelto” y la denuncia cumple un objetivo político claro: exhibir al PRD Tabasco como un partido descuidado en el cumplimiento normativo y vulnerable en su operación digital**Para el PRD, el costo no sólo es jurídico, sino reputacional. En un contexto electoral, cualquier sanción por vulnerar derechos de la niñez pesa más que una simple infracción administrativa, porque toca fibras sensibles de legalidad, ética pública y responsabilidad institucional. El IEPC, al considerar existente la infracción, envía también un mensaje a todos los partidos: las redes sociales no son territorio sin ley**Facebook no es un patio trasero donde se puede colgar propaganda sin consecuencias, aunque algunos actores políticos insistan en comportarse como si el algoritmo fuera una notaría de impunidad. Dimensionemos las consecuencias de estas medidas: el PRD Tabasco enfrenta un precedente incómodo, Morena obtiene una victoria jurídica y narrativa, y la autoridad electoral reafirma que el uso de menores en propaganda política debe sujetarse a reglas estrictas**En tiempos electorales, los partidos no sólo deben cuidar lo que dicen, sino también lo que muestran, a quién muestran y bajo qué condiciones lo hacen. Porque una imagen puede dar votos, pero también -como es este caso- puede abrir un expediente. Lo que establecen los lineamientos no deja margen para interpretaciones laxas: la sola aparición de niñas, niños o adolescentes en propaganda o comunicación política —sea central o incidental— activa una obligación inmediata para los partidos**Políticamente, el incumplimiento genera un doble costo. Primero, el legal: sanciones dentro de procedimientos especiales sancionadores. Segundo, el reputacional: la percepción pública de que un partido vulnera derechos de la niñez suele ser más dañina que cualquier multa, especialmente en contextos donde la ética pública está bajo escrutinio constante. También hay una lectura estratégica para los actores en contienda**Este tipo de reglas se ha convertido en una herramienta de litigio electoral. Los partidos no sólo compiten en territorio y narrativa, sino también en el terreno jurídico, vigilando y denunciando cualquier desliz del adversario. Así, la protección de la niñez, siendo un principio legítimo, también entra en la dinámica de disputa política**En síntesis, el criterio es rígido por diseño: ante la duda, se protege al menor. Para todos los partidos, la lección es directa: en la era digital, donde cada imagen puede amplificarse en segundos, el descuido no sólo se viraliza, también se sanciona, como hoy se demuestra que el PRD está en un brete. Un nuevo escenario es claro: Facebook no es patio trasero: IEPC marca límites**SEPTIMO SELLO**Desde la lógica política, esto introduce una tensión interesante a los tiempos electorales. Por un lado, los partidos buscan proyectar cercanía social, comunidad y arraigo —escenarios donde la presencia de familias y menores es común—. Por otro, la normativa les impone un estándar alto de cuidado que limita el uso libre de esas imágenes. El mensaje implícito de la autoridad es contundente: la empatía electoral no puede construirse a costa de derechos**SEPTIMA TROMPETA**No es optativo, no depende de la intención del mensaje ni del contexto del evento; es una regla de protección reforzada en el imperio de la Ley con antelación y aprobación de todos los partidos. El fondo del asunto es claro: en el terreno electoral, la imagen de un menor no puede convertirse en recurso narrativo sin un andamiaje de garantías. El consentimiento de quienes ejercen la patria potestad y la opinión informada del propio menor no son trámites burocráticos, sino mecanismos que buscan evitar la instrumentalización política de personas en condición de vulnerabilidad.*SEPTIMA COPA**En términos operativos, estos lineamientos obligan a los partidos a profesionalizar su manejo de redes, comunicación y documentación. Habrá que entender que ya no basta con capturar momentos de campaña y difundirlos; se requiere trazabilidad jurídica de cada imagen donde aparezcan menores. Esto implica protocolos internos, capacitación de equipos y, sobre todo, una cultura de prevención que muchos institutos políticos aún no consolidan. Esto apenas comienza, viene lo peor de los arrebatos pasionales*

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