Armagedón
“León rugiente y oso hambriento es el príncipe impío sobre el pueblo pobre”
Proverbios 28:15
Bermúdez: poder, desaparición y silencio
Alfredo A. Calderón Cámara
alfredocalderon1960@gmail.com
La situación jurídica del exsecretario de Seguridad y Protección Ciudadana de Tabasco puede examinarse a partir de tres procedimientos del ámbito estatal. El primero corresponde al 23 de septiembre de 2025, cuando un juez de control lo vinculó a proceso por asociación delictuosa, extorsión agravada y secuestro agravado. La Fiscalía General del Estado de Tabasco confirmó esa resolución y la imposición de prisión preventiva. La investigación está relacionada con hechos atribuidos a personas presuntamente vinculadas con La Barredora
El segundo procedimiento adquirió una dimensión distinta. El 4 de abril de 2026, un juez de control resolvió vincularlo a proceso por desaparición forzada de personas, después de analizar los datos de prueba presentados por el Ministerio Público. Hernán Bermúdez permanece recluido en el Centro Federal de Readaptación Social Número 1, conocido como El Altiplano
El 13 de abril de 2026, Bermúdez Requena recibió una tercera vinculación a proceso, esta vez por su probable responsabilidad en el delito de peculado, cometido presuntamente en perjuicio del patrimonio público. La Fiscalía sustentó esta nueva imputación en el artículo 243 del Código Penal aplicable y obtuvo la continuación del procedimiento penal
La relevancia de estas resoluciones consiste en que abordan tres dimensiones diferentes de una posible estructura delictiva. Una se refiere a la presunta asociación con personas dedicadas al secuestro y la extorsión. Otra investiga la posible participación de funcionarios públicos en la desaparición de personas. La tercera analiza la utilización presuntamente indebida de recursos públicos
Aunque jurídicamente son procedimientos separados, desde una perspectiva de investigación permiten examinar si existieron relaciones entre las personas señaladas, los recursos materiales disponibles y las instituciones de seguridad. No basta, sin embargo, con que esas conexiones resulten plausibles. Tendrán que probarse individualmente
Lo verdaderamente inquietante no es solamente la magnitud de las acusaciones, sino el poder institucional que llegó a concentrar un funcionario señalado como presunto dirigente de la organización criminal conocida como La Barredora. Bermúdez Requena encabezó la seguridad pública durante el gobierno de Adán Augusto López Hernández y permaneció en esa responsabilidad durante la administración de Carlos Manuel Merino Campos
Y la responsabilidad política debe analizarse a partir de decisiones de gobierno, deberes institucionales, información disponible y mecanismos de rendición de cuentas. Cada una tiene reglas y alcances distintos. Lo que sí puede establecerse es que la acusación por desaparición forzada introduce una dimensión especialmente relevante: la investigación de un delito cuya propia definición jurídica exige examinar la intervención o consentimiento de agentes estatales
Por eso el caso demanda algo más que declaraciones de funcionarios y solicitudes de penas elevadas. Requiere conocer los hechos, precisar la intervención atribuida a cada persona, revisar las estructuras institucionales involucradas y garantizar que las víctimas tengan acceso a la verdad y a la justicia. El resultado de los procedimientos judiciales será decisivo para establecer las responsabilidades individuales. Pero el esclarecimiento institucional debe responder otra pregunta igualmente importante
Ayer, el fiscal general de Tabasco, Óscar Tonatiuh Vázquez Landeros, anunció que el Ministerio Público presentaría la acusación formal por desaparición forzada contra Hernán Bermúdez Requena. El plazo procesal reportado vence hoy. Conforme a lo explicado por las autoridades judiciales, la siguiente fase será la etapa intermedia, durante la cual se discutirá la admisión de los elementos probatorios que eventualmente podrán utilizarse en juicio
La información publicada durante la tarde de ayer confirma el avance es relevante de la acción de la justicia en contra de Bermúdez Requena porque significa que la Fiscalía concretó su acusación con hechos jurídicamente delimitados; en esta etapa intermedia es importante establecer cuáles medios probatorios podrán ser debatidos en juicio. Aunque no representa una declaración de culpabilidad. El artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece que la vinculación a proceso requiere datos que permiten considerar que ocurrieron hechos señalados como delitos y que existe probabilidad de participación del imputado
Ese estándar es parte de los elementos de pruebas dentro del universo requerido para dictar una sentencia condenatoria. Por tanto, la profundidad de las investigaciones deberá evaluarse mediante la calidad de las pruebas y las resoluciones judiciales que se produzcan. La Fiscalía tiene la responsabilidad de ir al fondo del asunto y sustentar con la contundencia del imperio de la ley sus acusaciones. La defensa tiene derecho a cuestionarlas. Y el tribunal deberá resolver con independencia ante el reclamo de una sociedad que observa, en Hernán Bermúdez: poder, desaparición y silencio
SEPTIMO SELLO
Ligado a lo anterior, la detención reportada de Ysael Ramírez Trejo, exdirector de Seguridad Pública de Centla, Macuspana y Paraíso, quien es investigado por su participación en la desaparición forzada de personas, ello representa un nuevo episodio de las investigaciones sobre la posible infiltración del crimen organizado en las corporaciones policiales de Tabasco
Lo verdaderamente grave no es solamente que un antiguo jefe policiaco termine bajo investigación penal, sino que durante años haya ocupado posiciones estratégicas dentro de instituciones encargadas de proteger a los ciudadanos bajo el mando de Hernán Bermúdez, hoy siguen las investigaciones hasta dónde determinadas estructuras policiales fueron utilizadas para favorecer actividades criminales
SEPTIMA TROMPETA
Si la cabeza estaba podrida, la pregunta resulta inevitable: ¿Cuántos funcionarios más conocieron sus actuaciones? ¿Quiénes supervisaron sus responsabilidades y por qué las irregularidades cometidas no fueron detectadas oportunamente? Observemos: Ramírez Trejo desempeñó funciones durante administraciones municipales de diferentes filiaciones políticas
En Centla, durante el gobierno priista de Gabriela del Carmen López Sanlúcar; posteriormente, en otras corporaciones municipales. Particularmente relevante resulta su nombramiento en Paraíso, en marzo de 2021, cuando rindió protesta ante su jefe, Hernán Bermúdez Requena, actualmente procesado por diversos delitos y señalado por sus presuntos vínculos con La Barredora
Ubiquemos: cuando quienes fueron investidos de autoridad para proteger al pueblo terminan encarcelados por servir al crimen, la justicia tiene la obligación de esclarecer no solamente quién cometió los delitos, sino quién permitió que el poder se convirtiera en instrumento de opresión, en este caso la ofensiva ignorancia de Adán Augusto y Carlos Manuel Merino no son creíbles, porque ante la historia, la autoridad no fue instituida para aterrorizar al inocente, sino para protegerlo del mal
SEPTIMA COPA
Aquí aparece el problema más profundo: cuando quienes tienen la obligación de combatir a los delincuentes son investigados por presuntamente colaborar con ellos, la confianza ciudadana en las instituciones sufre un daño devastador. La Fiscalía debe esclarecer si existieron complicidades, omisiones deliberadas o utilización de recursos públicos para facilitar delitos. También debe determinarse hasta dónde está vinculado con Bermúdez Requena, quiénes pudieron encubrirlos y qué ocurrió con las víctimas
La premisa parte que el escrutinio institucional no puede detenerse en un solo exmando policiaco ¿Quiénes lo nombraron? ¿Quiénes evaluaron su desempeño? ¿Qué conocían sus superiores? ¿Existieron denuncias ignoradas? ¿Hubo protección desde posiciones de autoridad? Porque si las investigaciones terminan demostrando que corporaciones de seguridad fueron utilizadas para desaparecer personas y proteger operaciones criminales, Tabasco no estará frente a simples actos aislados de corrupción. Estará frente a la utilización del poder público para cometer delitos contra la sociedad que tenía la obligación de proteger





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