
*Armagedón*
*“No tuerzas el derecho; no hagas acepción de personas, ni tomes soborno; porque el soborno ciega los ojos de los sabios, y pervierte las palabras de los justo”*
*Deuteronomio 16:19*
*La sombra de los 48 millones, el árbitro bajo sospecha**Alfredo A. Calderón Cámara**alfredocalderon1960@gmail.com**Hay instituciones que pierden credibilidad por una gran sentencia. Otras la erosionan lentamente. Nombramiento tras nombramiento. Controversia tras controversia. Duda tras duda. El IEPCT entra al proceso de 2027 necesitando demostrar que sus decisiones no dependen de amistades, cuotas, bloques ni relaciones externas. Esa demostración corresponde a los siete integrantes del Consejo, aunque pareciera que Hernán González Sala lleva mano**Elizabeth Nava tendrá que ejercer la Presidencia sin convertirla en un poder personal. González Sala votará y argumentará bajo el escrutinio que inevitablemente tiene relaciones y antecedentes institucionales con su recomendado. Araujo, Toledo y Martínez tendrán que demostrar mediante sus propias decisiones si la actuación conjunta registrada en septiembre fue coincidencia frente a un asunto específico o expresión de una alineación de grupo más permanente. Vladimir Hernández y María Elvia Magaña tendrán también que asumir el peso de cada resolución**El problema de un árbitro electoral no comienza únicamente cuando se demuestra que alteró una elección. Empieza mucho antes. Comienza cuando alrededor de quienes deben garantizar imparcialidad, independencia, certeza y objetividad se acumulan relaciones, decisiones, nombramientos, coincidencias y controversias suficientes que obligan preguntar quién influye realmente dentro de la institución, cómo se construyen las mayorías y hasta dónde llegan las redes personales en áreas que deberían responder exclusivamente a criterios técnicos**Porque en un organismo electoral el poder no se concentra únicamente en quien ocupa la Presidencia. También se construye mediante votos, comisiones, acuerdos, secretarías técnicas, direcciones ejecutivas, nombramientos y capacidad para formar mayorías y ahí aparece Ricardo Araiza González. En el directorio institucional de 2024, Ricardo Araiza aparecía como secretario técnico relacionado con la consejería de Hernán González Sala. El propio directorio coloca a González Sala en la extensión 1011 y enseguida registra como secretario técnico a Araiza González en la 1021**Documentos institucionales muestran a Araiza actuando expresamente como secretario técnico y representante de González Sala en actividades oficiales. En marzo de 2022 participó en un coloquio en representación del consejero, entonces presidente de una Comisión Permanente del IEPCT. Posteriormente, Ricardo Araiza en el directorio institucional actualizado al 10 de julio de 2025 lo identifica formalmente como director de Organización Electoral y Educación Cívica. La secuencia, por tanto, existe**Araiza es amigo cercano y colaborador directo dentro de la estructura de González Sala; Recordemos: Rigoberto de la O encabezaba Organización Electoral y posteriormente Araiza llegó a esa Dirección. De allí corre la versión contenida en testimonios internos según la cual el cargo habría formado parte de una negociación o “cuota” relacionada con acuerdos para la designación de Jorge Alberto Zavala Frías como secretario ejecutivo. El propio expediente proporcionado reconoce expresamente esa diferencia. La sucesión administrativa está probada**Hay que entender qué significa políticamente esa Dirección. Organización Electoral no administra una bodega sin importancia institucional. Interviene en tareas esenciales de preparación de elecciones, documentación, órganos distritales, materiales, procedimientos y diversas etapas operativas del proceso electoral. Por eso, cuando alguien que trabajó directamente alrededor de una consejería termina encabezando una de las áreas estratégicas del Instituto, el escrutinio resulta legítimo**El 15 de septiembre pasado ocurrió uno de los episodios más importantes para entender las nuevas correlaciones internas del IEPCT. Hernán González Sala y las consejeras Ángela Guadalupe Araujo Segura, Ruth Lizette Toledo Peral y Monserrat Martínez Beaurregard en bloque solicitaron formalmente la remoción inmediata del secretario ejecutivo Jorge Alberto Zavala Frías, después de que éste difundiera desde WhatsApp un video relacionado con Daniel Casasús, aspirante político de Morena en Centro**Los cuatro argumentaron que la conducta había generado cuestionamientos sobre la percepción de neutralidad del organismo. Zavala terminó presentando su renuncia esa misma noche. Hasta ahí existe una actuación perfectamente identificable: cuatro consejeros exigieron discutir la permanencia del secretario ejecutivo frente a un episodio que consideraron incompatible con los principios de imparcialidad electoral. Pero tres días después ocurrió algo políticamente interesante. El Consejo designó por unanimidad a Ricardo Araiza González como encargado provisional de la Secretaría Ejecutiva**La propuesta provino de la consejera presidenta Elizabeth Nava Gutiérrez y fue aprobada sin moverle ni una coma por todo el Consejo. Nava Gutiérrez precisó que la medida era temporal y que Araiza González debía continuar atendiendo su responsabilidad en Organización Electoral, por lo que descartó entonces su permanencia definitiva en la Secretaría. Aquí debe hacerse una precisión fundamental**Aunque es vox populi en el IEPCT que Hernán González y Ricardo Araiza definitivamente son muy amigos de atrás tiempo, no existe base para afirmar que Hernán González Sala colocó unilateralmente a Araiza en la Secretaría Ejecutiva. La propuesta fue de Elizabeth Nava y la aprobación fue unánime. Pero tampoco puede borrarse la historia previa. Todos ligados a una desequilibrada báscula adancista, lo cual constituye una relación institucional que merece observarse**Dimensionemos un punto de quiebre demasiado importante: los 48.4 millones observados por el OSFE ubican un problema institucional. Una sombra de sospecha sobre el periodo en el que González Sala ha formado parte del órgano superior de dirección. La fiscalización de la Cuenta Pública 2024 del IEPCT dejó 13 observaciones y un monto total pendiente de solventar de 48 millones 446 mil 274.22 pesos. El documento del Congreso de Tabasco registra, entre otros conceptos, observaciones relacionadas con documentación comprobatoria y justificativa del gasto**Señala incluso 2.1 millones de pesos correspondientes a dietas de consejeros electorales carentes, -según la fiscalización-, de determinada documentación comprobatoria y justificativa. Esto tampoco autoriza a imputar automáticamente los 48.4 millones a Hernán González Sala. Jurídicamente él, Elizabeth Nava y los demás están bajo la lupa. Ubiquemos, las observaciones corresponden al organismo y cualquier responsabilidad individual necesita procedimiento, atribución específica y resolución; pero, todos están embarrados**Políticamente existe una responsabilidad institucional compartida de rendición de cuentas. Porque quienes integran los órganos superiores de dirección de instituciones autónomas no pueden pretender que los problemas administrativos pertenecen siempre a otro piso del edificio. La autonomía también exige vigilancia interna**Y cuando un instituto que debe exigir legalidad a partidos, candidatos y ciudadanos aparece con decenas de millones sujetos a observaciones de fiscalización, la consecuencia inmediata es reputacional. El árbitro debe exigir reglas. Pero también debe vivir bajo ellas, de allí que sea inocultable la sombra de los 48 millones, el árbitro bajo sospecha**SEPTIMO SELLO**Otro punto desde el cual debe analizarse la sinuosa trayectoria del consejero electoral Hernán González Sala dentro del IEPCT. Exhibe sus preferencias del equipo, no se trata de convertir testimonios internos en sentencias, pero precisamente cuando se hace esa separación aparece algo políticamente más interesante: existen hechos comprobables suficientes para justificar un escrutinio serio sobre las redes internas de poder del IEPCT. Y el momento no podría ser más sensible**Tabasco se encamina a las elecciones del 6 de junio de 2027, en las que se renovarán 21 diputaciones locales de mayoría relativa, 14 de representación proporcional, las 17 presidencias municipales, sindicaturas y regidurías. Hernán González Sala permanecerá como consejero hasta el 30 de septiembre de 2027, es decir, durante la preparación, jornada, cómputos y buena parte de la etapa poselectoral. Por eso no estamos hablando solamente del pasado. Estamos hablando del árbitro que actuará en la próxima elección**SEPTIMA TROMPETA**Hernán González Sala fue designado por el Instituto Nacional Electoral para una consejería de siete años y actualmente su periodo está registrado del 1 de octubre de 2020 al 30 de septiembre de 2027. Eso significa que conoce desde dentro las decisiones administrativas, presupuestales, organizacionales y políticas que han atravesado al IEPCT durante los últimos años. No es un funcionario periférico. Es integrante del órgano superior de dirección. Y precisamente por eso sus relaciones institucionales importan**Otro punto del expediente relaciona a González Sala con el actual consejero nacional del INE, el adancista Jorge Montaño Ventura. Está acreditado que el 11 de octubre de 2022, cuando Montaño era titular de la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de Tabasco, Hernán González Sala acudió a reunirse con él para solicitar colaboración en la difusión de una convocatoria del Servicio Profesional Electoral Nacional. La propia Fiscalía documentó públicamente la reunión**SEPTIMA COPA**Sería ingenuo sostener que las relaciones entre integrantes de organismos electorales carecen de interés público. Especialmente cuando las instituciones electorales funcionan mediante nombramientos, consensos, carreras administrativas y decisiones colegiadas. Otro antecedente tampoco puede ocultarse ni deformarse. En junio de 2022, la consejera María Elvia Magaña Sandoval presentó una denuncia contra Hernán González Sala por hechos que, desde su perspectiva, podían constituir violencia política contra las mujeres en razón de género**El expediente llegó a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación bajo el número SUP-REP-512/2022. La autoridad electoral desechó la denuncia y la Sala Superior confirmó esa determinación. La denuncia de María Elvia Magaña: generó una brutal controversia eso es indudable; pero no generó la responsabilidad esperada, eso también hay que decirlo. Hay demasiada tela donde cortar, la mancha voraz del adancismo va y está con todo detrás del control del IEPCT ¡Aguas!*




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