*Armagedón*

*“El que es fiel en lo muy poco, también en lo más es fiel; y el que en lo muy poco es injusto, también en lo más es injusto”**

Lucas 16:10* *

Bertruy y UDT, reprobados en la fiscalización

**Alfredo A. Calderón Cámara***

alfredocalderon1960@gmail.com**

Hay derrotas electorales que ocurren en las urnas. Hay otras que se producen meses antes, cuando un proyecto político descubre que reunir simpatizantes, organizar asambleas y construir presencia territorial no basta para convertirse jurídicamente en partido. Eso le ocurrió a Unión Democrática por Tabasco (UDT). El Tribunal Electoral de Tabasco (TET) confirmó la negativa para otorgarle el registro como partido político local**Revisemos: UDT acreditó respaldo organizativo suficiente, pero incumplió obligaciones financieras necesarias para obtener personalidad partidista”. Eso es lo que hoy tenemos. Del otro lado existe una tentación equivocada: reducir lo ocurrido a una persecución burocrática. Decir que todo se trató de unos papeles mal presentados. Un recibo o una factura. Una cuenta bancaria o que algún contador distraído ¡No!**Si la resolución está correctamente sustentada en los términos conocidos, estamos hablando de algo considerablemente más importante. Existieron cuestionamientos sobre la ausencia de una cuenta bancaria operativa durante el periodo fiscalizado, aportaciones en especie provenientes de personas morales, rebase de límites individuales, posibles subvaluaciones y falta de comprobantes fiscales correspondientes a 75 aportaciones. Eso ya no pertenece al universo de las comas extraviadas**La fiscalización electoral existe precisamente para contestar cuatro preguntas elementales: ¿Quién puso el dinero? ¿Cuánto puso? ¿En qué se gastó? y ¿A cambio de qué? Y si esas preguntas no pueden responderse documentalmente, el problema no desaparece diciendo que el proyecto tenía respaldo ciudadano. Los partidos políticos no son clubes privados. Son entidades de interés público. Reciben financiamiento público. Obtienen acceso a radio y televisión**Ubiquemos: registran candidatos. Integran órganos electorales. Participan en la distribución constitucional del poder. Por eso resulta razonable que la autoridad exija conocer con precisión el origen de los recursos utilizados incluso durante su formación. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ya había resuelto el 12 de agosto de 2026 que el IEPCT sí tiene competencia para fiscalizar a las organizaciones que buscan constituirse como partidos políticos locales**Esa discusión jurídica, que UDT había intentado mantener abierta, quedó resuelta: la fiscalización local no fue una invasión de competencias del Instituto Electoral. Ese antecedente fue fundamental. Porque después de esa resolución UDT ya no podía centrar su defensa en preguntar: “¿Quién tiene derecho a fiscalizarme?” Tenía que responder algo mucho más difícil: “¿Qué encontró la fiscalización?” Y ahí es donde su problema se volvió sustantivo**Existe una mala costumbre política de tratar la fiscalización como si fuera un procedimiento administrativo colocado al final del expediente. No lo es. La democracia mexicana aprendió, normalmente después de cada escándalo imaginable, que el dinero puede alterar completamente la competencia política. Dinero empresarial o gubernamental. Dinero sindical o de contratistas. No identificado o proveniente de redes clientelares. Y, en los escenarios más graves, dinero de procedencia criminal**Por eso una cuenta bancaria no es una obsesión de contadores con demasiado tiempo disponible. Es un mecanismo de trazabilidad. Cuando los recursos pasan por instrumentos financieros identificables, puede reconstruirse su origen y destino. Cuando predominan aportaciones difícilmente comprobables, recibos deficientes, operaciones subvaluadas o recursos que no pueden seguirse con claridad, aparece un espacio de incertidumbre incompatible con el estándar que debe exigirse a quien solicita convertirse en partido**Y aquí UDT debe enfrentar una contradicción política incómoda: quería recibir confianza pública sin haber conseguido despejar completamente las dudas sobre sus recursos privados. Eso no significa que el dinero fuera ilícito. Mucho menos que fuera criminal. No existe base para afirmar semejante cosa. Significa otra cosa, suficientemente seria: la organización no consiguió acreditar el cumplimiento integral del modelo de fiscalización exigido. Eso basta para entender la gravedad institucional**UDT tiene algo, pero no tiene todo. Tiene un nombre que ha conseguido permanecer en la conversación política, pero carece, por ahora, de aquello que pretendía obtener: personalidad jurídica como partido político. Y sin ella cambia completamente su poder de negociación. Éste es probablemente el efecto electoral más importante. Humberto de los Santos Bertruy ya había anticipado públicamente que, si UDT no obtenía registro, consideraría competir en 2027 bajo las siglas de alguno de los partidos que integran el naciente bloque opositor Juntos por Tabasco**El 31 de agosto reconoció expresamente esa posibilidad y sostuvo que el tema había sido planteado en conversaciones con PRD, PRI y Somos. Eso significa que la negativa de registro no necesariamente elimina a Bertruy de la elección. Lo transforma. Antes aspiraba a llegar a la mesa como dirigente de un nuevo partido. Ahora podría llegar como dirigente de una organización social con varios afiliados buscando candidaturas dentro de partidos ya registrados. Parece una diferencia administrativa. No lo es. Es una diferencia de poder**Con Alternativa Social registrado como instituto político, UDT habría tenido: identidad electoral propia, prerrogativas, representación institucional, capacidad de registrar candidatos, estructura partidista autónoma, y eventualmente votos propios con los cuales construir futuras coaliciones. Sin registro, todo eso desaparece. Necesitará que otro partido le abra la puerta jurídica y requiere una precisión: no es lo mismo participar con partido que participar prestando cuadros a otro. En el primer escenario se negocian alianzas. En el segundo, De los Santos Bertruy mendigará espacios. Lo inocultable: Bertruy y UDT, reprobado en la fiscalización**SEPTIMO SELLO**La inocultable realidad dicta que UDT deja de llegar como posible quinto vehículo electoral autónomo. Llega como estructura social sin registro. Eso fortalece la posición negociadora de quienes sí pueden imprimir su emblema en la boleta. Principalmente PRD, PRI, Somos y, dependiendo del grado final de involucramiento, Movimiento Ciudadano. Ahora serán esos partidos quienes tengan que decidir cuánto vale electoralmente la estructura de Bertruy**SEPTIMA TROMPETA**El 29 de junio, el TET revocó por unanimidad la primera negativa del IEPCT porque consideró que el Instituto había utilizado argumentos genéricos y no había explicado suficientemente cuáles aportaciones, documentos y actos presentaban irregularidades. Ordenó emitir una nueva determinación exhaustiva. Eso resulta fundamental para interpretar lo que ocurre ahora. El Tribunal dijo entonces: “si van a negarle el registro, explíquenle exactamente por qué”. El IEPCT volvió a resolver**SEPTIMA COPA**La Sala Superior definió además que el Instituto local sí tenía competencia fiscalizadora. Y ahora, después de un análisis más individualizado, el TET considera que las irregularidades subsisten. Hay una diferencia jurídica considerable. La primera negativa falló en motivación. La actual se sostiene ya sobre el fondo, eso fortalece la legitimidad del resultado, pero no cierra necesariamente el litigio. UDT todavía puede intentar acudir a la jurisdicción electoral federal, siempre que sus medios de impugnación sean procedentes, aunque el calendario electoral ya le comienza a jugar en contra*.

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