
Armagedón
“El gobernante que escucha palabras mentirosas, sus servidores serán impíos”
Proverbios 29:12
Adán Augusto y Merino bajo el indicio de 154 años
Alfredo A. Calderón Cámara
alfredocalderon1960@gmail.com
La sola solicitud de 154 años de prisión contra Hernán Bermúdez Requena es un veredicto que también pinta de cuerpo entero y juzga al régimen de Adán Augusto López- Carlos Merino Campos; no debe leerse sólo como un acto procesal dentro de una causa penal. Jurídicamente, es la apuesta más dura en la historia de la Fiscalía de Tabasco contra un exsecretario de Seguridad Pública
Dimensionemos: en dicha solicitud la FGE no lo trata como un funcionario extraviado, ni un mando contaminado de manera marginal, sino una pieza central, clave de la estructura criminal enquistada dentro del aparato estatal (el García Luna de Adán y Merino). Políticamente, el caso abre una pregunta mucho más incómoda ¿Cómo pudo permanecer durante tantos años al frente de seguridad pública un servidor público hoy señalado por delitos de secuestro, asociación delictuosa y extorsión agravada?
La cifra impresiona, pero el fondo pesa más, 154 años de prisión no son solamente una suma aritmética de penas. Representan el mensaje institucional de que la Fiscalía pretende colocar el caso en el nivel de criminalidad organizada de alto impacto, donde las conductas imputadas no se reducen a hechos aislados, sino a una operación sostenida, con víctimas, redes, mandos, complicidades y beneficios
En términos jurídicos, la Fiscalía deberá demostrar no sólo la existencia de los delitos, sino el grado de participación de Bermúdez Requena, la continuidad de las conductas, la agravación de los hechos y la conexión entre las imputaciones. No bastará el escándalo público. No bastará la fama negra. En el juicio la narrativa jurídica tendrá que convertirse en prueba plena. Ahí estará la verdadera batalla
El Ministerio Público puede pedir 154 años, pero el juez no sentenciará por indignación, sino con elementos de convicción. Tendrá que revisar testimonios, datos de inteligencia, registros financieros, comunicaciones, declaraciones de víctimas, posibles colaboradores, dictámenes y todo aquello que permita pasar del señalamiento al estándar probatorio. Porque una cosa es que el nombre de Hernán Bermúdez haya quedado instalado en el imaginario público como presunto jefe de “La Barredora”, y otra muy distinta es que cada delito sea acreditado con precisión procesal
La justicia no puede operar como linchamiento, aunque la política muchas veces la usa como lavadora moral. Así de triste es el espectáculo humano: primero se toleran monstruos y luego se presume arrojo por encerrarlos. Sin embargo, tampoco puede minimizarse la gravedad y complicidad institucional de la dupla López Hernández-Merino Campos. Bermúdez no era un policía de esquina ni un burócrata menor. Fue secretario de Seguridad Pública en Tabasco durante el gobierno de Adán Augusto y ratificado por Merino Campos
Es decir, ocupó una de las posiciones más sensibles del Estado: el control operativo de la seguridad, la información criminal, los mandos policiacos, los despliegues, la inteligencia territorial y la coordinación institucional. Si las acusaciones prosperan, estaríamos ante una sentencia criminal de dimensiones insospechadas. Ese es el punto neurálgico. La acusación contra Bermúdez golpea directamente la credibilidad del aparato político que lo nombró, lo sostuvo y lo protegió por acción, omisión o negligencia
Porque en política la ignorancia no absuelve; condena. Si un Adán Augusto no sabía que su secretario de Seguridad estaba presuntamente vinculado con una estructura criminal, entonces falló por ceguera. Si lo sabía y no actuó, falló por complicidad. Si escuchó advertencias y las desestimó, falló por conveniencia. En cualquiera de los escenarios, el costo político alcanza a la dupla que permitió su ascenso y permanencia
Por eso el caso no puede encerrarse únicamente en el expediente penal de Hernán Bermúdez. El proceso debe abrir una revisión más profunda sobre los mecanismos de nombramiento, control, supervisión y evaluación de los mandos de seguridad en Tabasco ¿Quién lo propuso? ¿Quién validó sus antecedentes? ¿Qué informes existían sobre él? ¿Qué sabían las autoridades estatales y federales? ¿Desde cuándo circularon los reportes de inteligencia? ¿Por qué no se actuó antes? ¿Quiénes se beneficiaron de su poder?
Son preguntas incómodas, sí, pero la incomodidad es el mínimo precio cuando se habla de víctimas, secuestros, extorsiones y desapariciones. En el plano jurídico, el caso también pondrá a prueba la solidez de la Fiscalía de Tabasco. Solicitar una condena de 154 años eleva la expectativa pública, pero también aumenta la responsabilidad técnica del Ministerio Público. Si la acusación está bien armada, puede convertirse en uno de los procesos más relevantes contra la penetración criminal en instituciones estatales
La defensa, previsiblemente, intentará desmontar la acusación por varias vías: cuestionará la legalidad de las pruebas, atacará la cadena de custodia, buscará desacreditar testigos, alegará persecución política, impugnará acumulación de penas y tratará de separar cada delito para impedir que el juez vea una estructura organizada. Ese será el terreno procesal. Pero el terreno político será otro: demostrar que Bermúdez no actuó solo. Porque ningún secretario de Seguridad acumula poder, información y operación territorial sin redes de protección, subordinación o silencio
La solicitud de 154 años tiene una lectura simbólica. Con denuedo el Estado intenta castigar a quien, desde dentro del mismo Estado, habría servido a intereses criminales. Esa es la imagen más brutal de la descomposición pública: la llave de la seguridad entregada al sospechoso de abrirle la puerta al crimen. Cuando eso ocurre, la ciudadanía no sólo pierde confianza en un funcionario; pierde confianza en la institución completa
Y reconstruir esa confianza sólo se logra con investigaciones completas, sentencias firmes, reparación a las víctimas y depuración real de las corporaciones. El vínculo político con Adán Augusto López Hernández es inevitable. No porque una imputación penal contra Bermúdez equivalga automáticamente a una responsabilidad penal del exgobernador, sino porque la responsabilidad política opera en otro plano. Bermúdez fue designado durante su gobierno. Permaneció en una posición clave. Su nombre fue asociado durante años con señalamientos graves
Hoy, cuando la Fiscalía pide una condena histórica, el expediente arrastra una sombra sobre quienes gobernaron mientras esa estructura presuntamente crecía. La política, aunque se disfrace de inocencia administrativa, también tiene memoria. Y a veces esa memoria llega tarde, pero llega con expediente bajo el brazo. En el juego de los espejos es innegable: Adán Augusto y Merino están bajo el indicio de los 154 años
SEPTIMO SELLO
Por eso la única salida seria es la transparencia procesal, el respeto al debido proceso y la ampliación de la investigación hacia todos los posibles responsables. No basta encarcelar a una cabeza si se deja intacto el cuerpo que la sostuvo. En términos sociales, la importancia del caso está en las víctimas. Detrás de las palabras “secuestro”, “extorsión” y “desaparición forzada” no hay abstracciones jurídicas
SEPTIMA TROMPETA
Entiéndase, la herencia que la dupla Adán Augusto-Carlos Merino heredo a Tabasco fue familias destruidas, comercios sometidos, comunidades silenciadas, personas arrancadas de su vida cotidiana y una sociedad obligada a convivir con el miedo. La discusión no debe quedar atrapada solamente en la sentencia venidera. El centro deben ser la justicia a las víctimas y el derecho de Tabasco a conocer cómo se permitió semejante infiltración. La petición de 154 años, entonces, no cierra el caso: apenas lo abre en su dimensión más profunda
SEPTIMA COPA
La convocatoria de ayer a una Misa de Acción de Gracias por el cincuentenario del Colegio de Bachilleres de Tabasco abre una discusión que va mucho más allá de la fe. Nadie cuestiona el derecho de trabajadores, directivos o estudiantes a profesar la religión que libremente elijan. Ese derecho está protegido por la Constitución y forma parte de las libertades fundamentales de cualquier sociedad democrática. Lo que genera debate es otra cosa: que una institución pública de educación promueva desde sus canales oficiales una actividad confesional como parte de una conmemoración institucional
La diferencia no es menor. La educación pública mexicana nació bajo el principio de la laicidad precisamente para evitar que el Estado favorezca una creencia sobre las demás. El hecho reclama espacio porque viola la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, la situación adquiere especial relevancia al tratarse de una actividad vinculada a la administración encabezada por el director general, Fernando Yrys Hernández, y difundida por la Dirección Académica, a cargo de Ana Fanny Hernández Montero. Dice la máxima: “no hagas cosas buenas que parezcan malas”




Deja un comentario